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jurídicamente hablando

file Desahucio con trucos

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27 Ene 2016 19:38 #1 por Jfruiz
Abro personalmente el foro, consultando sobre un asunto bastante enrevesado que me traigo entre manos.

La situación es la siguiente:

1.- Mi cliente es arrendatario de un local en un centro comercial

2.- Hace un par de años mi cliente enervó una acción de desahucio por falta de pago tras caer en una triquiñuela del arrendador, que se lo quiere quitar de encima.

3.- Hace unos meses el arrendador le cierra el acceso al local con unas puertas exteriores, de tal manera que ni puede entrar el ni pueden hacerlo tampoco los potenciales clientes.

4.- Interpongo una denuncia por coacciones y el Juzgado (que como todos tiene muchas ganas de trabajar) la archiva por entender que es cuestión civil.

5.- Recurro el Auto de archivo en reforma y apelación, presentando simultáneamente un verbal en ejercicio de acción interdictal de recobrar, "por si las audiencias" y para ir ganando tiempo.

6.- Como mi cliente no puede utilizar el local y no genera ingresos, deja de poder pagar la renta.

7.- El arrendador, a quien todavía no se le ha podido notificar el interdicto (no recogió el aviso de correos) pone una demanda de desahucio.

Agradeceré cualquier tipo de sugerencia, porque con las limitaciones que me impone la oposición al desahucio, preveo que voy a tener problemas...

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31 Mar 2016 16:03 #2 por Jfruiz
Como de momento estoy sólo en este foro :P y, además, la pregunta incurría un poco en "hazme los deberes" :whistle: , no me queda más remedio que contestarme a mi mismo.

Y lo hago explicando que planteé oposición a la demanda de desahucio, aportando copia íntegra del procedimiento penal por coacciones, que aun esta pendiente de que la Audiencia Provincial se pronuncie sobre el recurso interpuesto frente al auto de archivo directo y también copia del procedimiento interdictal presentado, que se encuentra ya pendiente de juicio. Y alegando con claridad:
  1. Que al tratarse de un desahucio con reclamación de rentas no nos encontrábamos propiamente ante un procedimiento sumario en el que no cabe alegar nada que no sea el pago (artículo 444.1 LEC.). Pues la reclamación de rentas si que da lugar a una sentencia con eficacia de cosa juzgada y, en tal medida, debe proceder la discusión de todas aquellas cuestiones tendentes a acreditar si se deben o no las cantidades pedidas (art. 440.3 LEC.).

  2. Que aunque efectivamente se adeudaban rentas, estas no se habían pagado por las maquinaciones de la propia arrendadora demandante y que en tal medida no podía proceder el desahucio por aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 del Código Civil.
El Juicio se celebró hace un par de semanas y, como podréis imaginar, fue sumamente complicado. Pues a pesar de haber explicado lo anteriormente expuesto con total claridad en la demanda y a pesar de haberlo vuelto a explicar al inicio de la vista, en cuando incidía en el trasfondo de la situación la Jueza me cortaba. Pero a pesar de ello conseguí que la cosas quedaran muy claras y aporte numerosa documentación (fotos, denuncias...) que en su mayoría se me admitió.

Al día de hoy estamos a la espera de sentencia. Con el lanzamiento señalado para el 18/04/2016 y la vista del interdicto (que se presentó el 30/10/2015 y como todos sabemos es un procedimiento urgente) señalada para el 26/04/2016.

A la Audiencia Provincial, de momento, ni se la espera.

Seguiré contando...

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05 Abr 2016 09:42 #3 por Jfruiz
Con gran y grata sorpresa, ayer recibí Auto de la Audiencia Provincial de Málaga que estima mi Recurso de Apelación y acuerda la reapertura de las Diligencias Previas por coacciones.

Inmediatamente he presentado un escrito solicitando la suspensión del Desahucio, que aun se encuentra pendiente de que se dicte sentencia, por Prejudicialidad Penal (art. 40 LEC.).

Veremos que me dicen...

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05 Abr 2016 12:14 #4 por Jfruiz
Y hoy ahora mismo me acaba de llegar la Sentencia del Desahucio:

Desestima la demanda por entender que la cuestión planteada excede el marco de un desahucio, alias "Cuestión Compleja"

Obviamente ya no tiene sentido la Suspensión por Prejudicialidad que pedí ayer y se empieza a ver la luz...

:woohoo:

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16 May 2016 09:46 #5 por Jfruiz
Finalmente se celebró también el Interdicto, que también fue bastante complejo y como el Desahucio se ha ganado. Este con costas.

Ahora a reactivar las Diligencias Previas, que siguen paradas porque el Juzgado de Marbella todavía no se han dado por enterado de la resolución de la Audiencia.

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